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> Berria: Lesbofobia > LLAMAZARES RECLAMA LA INMEDIATA INTERVENCION DEL CGPJ ANTE LA DECISION CONTRA UNA MADRE LESBIANA

  • Llamazares reclama la “inmediata intervención” del CGPJ ante la “inadmisible e inconstitucional decisión del Juez de Murcia en contra de una madre lesbiana”
  • Izquierda Unida, 2007-07-23

El coordinador general de IU, Gaspar Llamazares, considera que “el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debe tomar de inmediato cartas en el asunto y abrir un expediente al juez Ferrín Calamita. En absoluto es admisible que haya miembros de la Judicatura que pongan su ideología ultraconservadora por encima del respeto de la Ley y la Constitución”.


El titular del juzgado de primera instancia número 9 de Murcia, Fernando Ferrín Calamita, ha otorgado la custodia de dos hijas al padre porque la supuesta homosexualidad de la madre les perjudica y «aumenta el riesgo» de que las menores también lo sean, en un auto en el que señala que la mujer «tendrá que elegir entre sus hijas o la nueva pareja».


Llamazares valora que “da la impresión de que aquí hay algo más que una sentencia aislada. Parece ser que este juez de Murcia ya es reincidente en asuntos de esta naturaleza, por lo que el CGPJ no debe perder tiempo en actuar como máximo órgano de control de la Judicatura y para erradicar de raíz decisiones que claramente atacan la defensa de la igualdad de derechos que hace la Constitución Española”.


El coordinador general de IU muestra su preocupación por el hecho de que “da la impresión de que en los últimos tiempos algunos jueces se prestan alegremente a servir de abanderados de determinadas ideologías que tratan de echar por tierra algunos de los avances legales que hemos conseguido en esta legislatura. Una vez que un juez se pone una toga debe atenerse escrupulosamente a lo que marca la ley y dejar su ideología colgada fuera del despacho”.


Al mismo tiempo, considera que “es el mismo juez quien pone seriamente en duda su capacidad profesional y su ecuanimidad al utilizar argumentos que cuestionan y critican leyes aprobadas por el Parlamento como la de igualdad o la de matrimonios homosexuales. Los jueces están para cumplirlas y, si quieren hacer política, que dejen el juzgado y se presente a las elecciones. Seguro que habrá alguna formación política encantada en acogerle en sus filas”.

> Berria: Justizia > EL SUPREMO ADMITE EL RECURSO DEL JUEZ QUE OBJETO PARA NO TRAMITAR BODAS HOMOSEXUALES

  • El Supremo admite el recurso del juez que objetó para no tramitar bodas gays
  • El magistrado pide que se anule el acuerdo del CGPJ que le negó su derecho a abstenerse
  • La Razón, 2007-06-18 # F. Velasco · Madrid

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda interpuesta por el juez encargado del Registro Civil de Sagunto (Valencia), Pablo de la Rubia, contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial de desestimar su petición de abstenerse, por motivos religiosos, en la tramitación de los expedientes matrimoniales de personas del mismo sexo. Será la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo la que, finalmente, establezca si esos jueces tienen «obligación legal y consustancial» de tramitar esos expedientes, o si, por contra, gozan del derecho a la objeción de conciencia.


En la demanda interpuesta, la defensa del magistrado, ejercida por el abogado Santiago Milans del Bosch, sostiene que el acuerdo del Consejo «lesiona» el derecho fundamental a la libertad ideológica, de conciencia, «derecho que asiste a toda persona -también a los servidores públicos- para comportarse en su vida personal y social de acuerdo con los dictados de su conciencia». Por ello, pide al Supremo que restablezca este derecho fundamental, «una de cuyas manifestaciones positivas (a través de la objeción de conciencia) le ha sido denegada» al juez De la Rubia.


Además, se esgrime que el propio magistrado solicitó que en esos expedientes se designase a un sustituto. Por ello, «no hay ningún dato que haga presumir que los contrayentes homosexuales puedan ver impedido su matrimonio por el hecho de reconocerle su derecho fundamental a la libertad religiosa. Distinto sería si tal sustitución no fuera posible, legal o materialmente».
Por otro lado, el hecho de que se trate de una persona que tiene el deber de «obedecer la ley», no significa, se afirma, «que quien es funcionario público no pueda nunca aducir una objeción de conciencia para sustraerse en el desempeño de su función a una obligación legal», tal como reconoció el TC en un caso que afectaba a un policía.


Lo que plantea el juez del Registro Civil de Sagunto no está, por tanto, «al margen» del principio de legalidad. Así, se alude a que el propio TC excluyó el carácter jurisdiccional de los encargados de registros civiles, por lo que «si se reconoce a los funcionarios públicos la posibilidad de oponer su conciencia frente a obligaciones profesionales, y esto ocurre bien expresamente (militares), bien implícitamente… parece ineludible concluir que para ese cometido no jurisdiccional sino funcionarial» también es aplicable la objeción de conciencia.
No es un acto de desobediencia


De esa forma, la postura del juez De la Rubia no se puede catalogar como «un acto de desobediencia frente a una norma u orden superior, sino «ante un mandato o contenido normativo que representa una lesión» del derecho fundamental a la libertad religiosa. Con estos argumentos, se solicita que el Supremo anule el citado acuerdo del CGPJ -que se adoptó después de que dos vocales del grupo mayoritario votaran en contra del informe estimatorio de José Luis Requero-, por entender que es contrario al derecho a la libertad religiosa, que «se extiende en su protección a la objeción de conciencia fundada en motivos religiosos y faculta a los ciudadanos para actuar con arreglo a sus propias convicciones y mantenerlas frente a terceros en casos como el presente. Si no fuera así, se produciría una quiebra del sistema de derechos, libertades y garantías ya que las libertades de conciencia y religiosa serían “papel mojado” para quienes, como es el caso, hacen pretensión de su ejercicio sin menoscabo de intereses de terceros».

> Berria: Justizia > C. VALENCIANA: COLEGA-VALENCIA PIDE QUE SE CONDENE A LAURA ALBAU A CASAR A TODOS LOS HOMOSEXUALES DE LA COMUNITAT

  • Un colectivo gay pide que se condene a la jueza de Denia «a casar a todos los homosexuales de la Comunitat«
  • El CGPJ ha sancionado a Laura Alabau con 305 euros de multa
  • Las Provincias, 2007-05-31 # Europa Press · Valencia

El Colectivo de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales de la Comunitat Valenciana Colega-Valencia calificó hoy de «ridícula» la sanción de 305 euros impuesta por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a la jueza encargada del Registro Civil de Dénia (Alicante), Laura Alabau, que se negó a celebrar bodas entre homosexuales, y pidió en un comunicado que se le condene «a casar a todos los gays y lesbianas de la Comunitat».


El colectivo aseguró que lamenta «enormemente» que las declaraciones de la «polémica» magistrada «hayan supuesto únicamente una condena monetaria tan exigua, y sobre todo que no hayan sido condenadas precisamente las actuaciones poco profesionales y éticas de la jueza al paralizar la tramitación de expedientes de matrimonio entre personas del mismo sexo en cuatro ocasiones».


En este sentido, subraya que «últimamente cada vez son más abundantes las condenas a servicios sociales a la comunidad por pequeños delitos y faltas, lo que redunda tanto en beneficio de la propia sociedad como en la reinserción social y el arrepentimiento por convencimiento de los propios infractores» y por todo ello, propone que «se cambie la condena monetaria por un trabajo de tramitación de todos los expedientes de matrimonio entre personas del mismo sexo que lo soliciten en la Comunitat Valenciana».


De esta forma, el colectivo considera que de la condena «se beneficiará la propia comunidad a la que ha afectado las actuaciones de la jueza, y por otro lado constituirá una forma de ayudar a la jueza como terapia reparadora de su intolerancia».


La entidad continúa «animando» a las parejas de gays y lesbianas de la Comunitat Valenciana «a que tramiten su matrimonio en la ciudad de Dénia, donde decir el ‘si quiero’ significa un ‘rotundo no’ a la intolerancia de quienes no quieren una igualdad real».

> Berria: Justizia > C. VALENCIANA: 305 EUROS DE MULTA A LA JUEZ LAURA ALBAU POR NO QUERER OFICIAR BODAS HOMOSEXUALES

  • 305 euros de multa por no querer oficiar bodas homosexuales
  • El CGPJ multa a una juez de Denia que cuestionó la constitucionalidad de los matrimonios gays y rechazó la solicitud de varias parejas
  • El País, 2007-05-30

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha sancionado con una multa de 305 euros y una advertencia a la juez de la localidad alicantina de Denia, Laura Alabau, que se negó a oficiar matrimonios entre personas del mismo sexo y criticó en un escrito al Gobierno y a la Fiscalía por la ley que regula estas bodas.


El Poder Judicial abrió un expediente disciplinario a Alabau el año pasado, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Denia y responsable del Registro Civil en este municipio, por cuestionarse la constitucionalidad de los matrimonios homosexuales y negarse a celebrar estas bodas; además, rechazó la solicitud de varias parejas de homosexuales extranjeros para contraer matrimonio, alegando que en su país de origen no está reconocido.


Los vocales que integran el CGPJ han aprobado la propuesta formulada por el instructor del expediente que se abrió a Alabau, que consideró que la juez había cometido una falta grave del artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y una falta leve del artículo 419.2. El primero de los artículos establece que es falta grave «dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez, o sirviéndose de esta condición». Por su parte, el artículo 419.2 se refiere a que es falta leve la desconsideración con los miembros del Ministerio Fiscal.


En el escrito que la juez dirigió al fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) Alabau se quejaba de haber sufrido «una persecución por parte del aparato propagandístico del Gobierno» y atribuía a la Dirección General de Registros hacer «una interpretación ilegal sólo movida por intereses políticos y propagandísticos». Además, en este documento indicaba que el teniente fiscal de Alicante, Juan Carlos López Coig, se había convertido «vergonzosamente en un apéndice del Gobierno».

> Berria: Ezkontza > COMUNIDAD VALENCIANA: EL COLECTIVO COLEGA-VALENCIA ANIMA A LAS PAREJAS HOMOSEXUALES A CASARSE EN DENIA

  • El colectivo gay ‘Colega-Valencia’ anima a las parejas homosexuales a casarse en Denia
  • El CGPJ ve una posible falta grave en la actuación de la juez que se negaba a casar personas del mismo sexo
  • Las Provincias, 2007-04-26 # EFE · Valencia

El colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales Colega-Valencia animó a las parejas homosexuales a que se casen en Denia, tras conocer que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ve una posible falta grave en la actuación de la juez Laura Alabau, que criticó al Gobierno y a la Fiscalía en relación con las bodas entre personas del mismo sexo.

La Comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha apreciado, por tres votos a dos, una posible falta grave y otra leve en la actuación de la juez de Denia, a quien el CGPJ abrió expediente disciplinario el pasado año al cuestionar la constitucionalidad de los matrimonios homosexuales y se negó a celebrar estas bodas.

En un comunicado, Colega-Valencia se mostró «moderadamente» satisfecho con lo apreciado por el CGPJ y señaló que ya ha denunciado en diversas ocasiones las «repetidas dilaciones y obstáculos realizadas por la Jueza en la aplicación de la ley de matrimonio civil entre personas del mismo sexo, paralizando por 4 veces el expediente de matrimonio».

Recordó que también exigió al Poder Judicial a que actuara «sin más retrasos para que la jueza cumpla con la ley o fuera destituida si seguía acogiéndose a una encubierta objeción de conciencia».

Colega-Valencia animó a las parejas de gays y lesbianas «a que no desistan de formalizar su relación en la ciudad de Denia, por temor a la resistencia de la jueza a aplicar una ley que repara una injusticia histórica con los gays y lesbianas de nuestro país».

«Denia es un marco incomparable, capital de la comarca alicantina de la Marina Alta, donde decir el «si, quiero» significa decir un rotundo «no» a la intolerancia y a una estrecha apertura de mentalidad de una minoría que se empeña en seguir discriminando atendiendo a una falsa ética», concluyó el comunicado.

> Berria: Justizia > EL CGPJ CONSIDERA QUE LA JUEZ LAURA ALABAU COMETIO UNA FALTA GRAVE AL RECHAZAR BODAS HOMOSEXUALES

  • El Poder Judicial considera que la juez que rechazó las bodas gays cometió una falta grave
  • El País, 2007-04-25 # Manuel Altozano · Madrid

La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se inclina por sancionar por falta grave a la juez de Registro Civil de Dénia (Alicante), Laura Alabau. La juez calificó de «ilegal» y «sólo promovida por intereses políticos y propagandísticos» la interpretación de la Dirección General de Registros y del Notariado (DGRN), dependiente de Justicia, que establece que los matrimonios entre homosexuales son válidos en España aunque los cónyuges sean extranjeros. Alabau protagonizó anteriormente otro enfrentamiento con el Gobierno al cuestionar la constitucionalidad de las bodas entre personas del mismo sexo ante el Constitucional, una facultad de la que, según Justicia, la juez carece.

La comisión disciplinaria, compuesta ayer por los progresistas Montserrat Comas y Félix Pantoja, los conservadores Carlos Ríos y Juan Pablo González y el vocal de consenso entre PSOE y PP, Agustín Azparren, devolvió al instructor el expediente abierto contra Alabau. Los progresistas y el consejero de consenso no estaban de acuerdo con que la propuesta de resolución del expediente no considerara falta las críticas contra la DGRN, el organismo ante el que se recurren las resoluciones de los Registros Civiles. El instructor sólo proponía una advertencia a la juez por falta leve debido a unas descalificaciones que lanzó contra el teniente fiscal de Alicante, Juan Carlos López Coig, al que acusó de ser «un apéndice del Gobierno», después de que la criticara por paralizar dos matrimonios.


El ministerio fiscal, que también interviene en los expedientes disciplinarios abiertos por el Consejo, consideró sin embargo que Alabau había cometido dos faltas graves. La primera por sus críticas contra la dirección general, y la segunda, por sus acusaciones contra el fiscal de Alicante. Por cada una de ellas solicitaba que se le impusiera una multa de 600 euros.


3.000 euros de multa
Los dos vocales progresistas y el de consenso consideran, como el fiscal, que Alabau cometió una falta grave (sancionada con multa de hasta 3.000 euros) en sus críticas a la DGRN, aunque coinciden con el instructor del expediente en que las críticas al fiscal de Alicante sólo son constitutivas de falta leve, según fuentes del Consejo. El vocal conservador Carlos Ríos, pidió el archivo del expediente respecto de ambas conductas, mientras que el consejero a propuesta del PP Juan Pablo González, se mostró de acuerdo con la propuesta del instructor en la reunión de ayer.


Ahora el expediente volverá al instructor, que redactará una nueva propuesta de resolución de acuerdo con las exigencias de los consejeros. A pesar de que los vocales de la comisión disciplinaria no están sujetos a lo que se pide en el expediente, la ley prevé este trámite para que la expedientada pueda defenderse.

> Berria: Justizia > PEDRO ZEROLO CELEBRA QUE EL CGPJ RETIRE LA PROPUESTA CONTRA LA ADOPCION HOMOSEXUAL

  • Zerolo celebra que el CGPJ retire la propuesta
  • Europa Press, 2007-03-29

El secretario de Movimientos Sociales y Relaciones con las ONG del PSOE, Pedro Zerolo, celebro que el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) haya retirado su propuesta para que los centros de adopción puedan rechazar tramitar solicitudes de parejas gay.


Zerolo calificó de «acertada y respetuosa con los valores que emanan de la Constitución y de la legislación española» la decisión de retirar esta propuesta del informe sobre el anteproyecto de Ley sobre Adopción Internacional.


A juicio de este responsable socialista, la propuesta original del vocal conservador, José Luis Requero, «pretendía abrir una peligrosa vía a la exclusión de determinadas parejas en función de su orientación sexual».


Además, apuntó que la propuesta de Requero reconocía a las agencias de adopción «una capacidad de la que carecen, vulnerando la legislación española» en esta materia.

> Berria: Justizia > EL CGPJ RETIRA DE UNO DE SUS INFORMES LAS TRABAS A LA ADOPCION HOMOSEXUAL

  • El Poder Judicial retira de uno de sus informes las trabas a la adopción gay
  • El País, 2007-03-29 # M. A. · Madrid

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó ayer por unanimidad su informe sobre el anteproyecto de ley sobre adopción internacional del Gobierno tras retirar los párrafos que proponían que las agencias autonómicas que tramitan estas adopciones puedan negarse a gestionarlas en caso de que los adoptantes sean homosexuales.

El informe, redactado por el vocal conservador José Luis Requero -miembro del Opus Dei y autor de otro estudio que el año pasado comparó el matrimonio gay con la zoofilia y la poligamia- proponía que las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI) pudieran invocar «legítimas reservas personales o colisión con el ideario propio de la asociación o fundación» para derivar a los adoptantes homosexuales a otras agencias de la misma o de otra comunidad autónoma.

El documento fue aprobado con esa propuesta en la Comisión de Estudios la semana pasada, pero uno de los vocales conservadores, Javier Laorden, anunció que pediría que se retiraran esos párrafos en el debate del pleno. Por lo demás, el documento elogia que el anteproyecto busque sistematizar y clarificar la normativa sobre la adopción internacional así como que se prohíba en los países en los en que no existe una autoridad que la controle.

> Berria: Adopzioak > EL CGPJ PIDE QUE ENTIDADES MEDIADORAS DE ADOPCION PUEDAN RECHAZAR PETICIONES DE HOMOSEXUALES

  • El CGPJ pide que entidades mediadoras de adopción puedan rechazar peticiones de Gays
  • Europa Press, 2007-03-27

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará mañana el dictamen al anteproyecto de Ley de Adopción Internacional, elaborado por la Comisión de Estudios e Informes, y que recoge entre sus sugerencias que se regule la posibilidad de que las entidades privadas que median en la adopción internacional puedan rechazar solicitudes de gays.


El informe, elaborado por el vocal conservador José Luis Requero, aconseja que se permita a las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI) negarse a ejercer de mediadores entre el solicitante de una adopción y las autoridades del país de origen del menor si esta solicitud colisiona con el ideario de la entidad.


Aunque el texto no especifica que se introduzca una cláusula que haga mención expresa a la posibilidad de que estas entidades, de carácter privado y sin ánimo de lucro, puedan negarse a tramitar adopciones por parte de gayss, se remite a una polémica que, por esta causa, tuvo lugar en Inglaterra para recomendar este tipo de regulación.


En este sentido, hace referencia al debate suscitado en el Parlamento británico a raíz de la ‘Equality Act’ (Ley de Igualdad), respecto de las agencias de mediación de inspiración confesional, ante la perspectiva de verse compelidas por imperativo legal y en contradicción con sus convicciones, a desempeñar tareas de mediación para la «colocación» de niños en el seno de parejas gays.


Según explica Requero, la norma británica a hecho que las entidades confesionales soliciten al Gobierno el reconocimiento de su derecho a ser eximidas de participar en estos concretos procesos de adopción. Por ello, el informe aconseja incorporar a la norma española la posibilidad de reenviar solicitudes de adopción a otras ECAI en caso de colisión con el ideario propio de la ECAI primeramente contactada.


Transferencia de solicitud a otra ECAI
«Es recomendable, por ello, que la norma recoja expresamente la posibilidad de que aquella solicitud de adopción generadora de conflicto pueda ser transferida a otro agente mediador de la misma, o en su caso, de distinta comunidad autónoma, preservando el equilibrio necesario entre el respeto a la libertad de conciencia -y de asociación- del agente colaborador y el derecho de acceso a los servicios de mediación de los potenciales adoptantes», explica.


Así, considera que esta negativa a tramitar una adopción no debe provocar consecuencias adversas a las ECAI en su relación con la administración, particularmente en forma de eventual retirada o suspensión de la acreditación administrativa para desempeñar su función.


«Ficticio», «sorprendente», «razonable» o «discriminatorio»
El informe que previsiblemente aprobará mañana el CGPJ ha suscitado diversas reacciones entre los sectores implicados. Así, la presidenta de la Federación Interautonómica de Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI), Maite Comins, ya calificó de «ficticio» el debate suscitado en el seno del CGPJ, puesto que la mayoría de los países rechazan dar menores en adopción a estas parejas.


Por su parte, la Coordinadora de Organizaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento (CORA), formada por 22 asociaciones de padres adoptantes de toda España, manifestó su sorpresa ante este dictamen, puesto que no son las ECAI las que determinan la idoneidad de una persona para adoptar sino las comunidades autónomas.


Mientras, el vicepresidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, lo acoge acoge como «lo más razonable» la sugerencia del CGPJ. Por el contrario, el secretario de Movimientos Sociales y Relaciones con las ONG del PSOE, Pedro Zerolo, entiende que se trata de una apreciación «irreal» y «discriminatoria».

> Berria: Justicia > EL CGPJ MULTA AL JUEZ QUE ACONSEJO A UNA PAREJA SEPARADA ACUDIR A LA IGLESIA

  • Multan a un juez por aconsejar a una pareja separada acudir a la Iglesia
  • El País, 2007-03-23 # EFE · Madrid

La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó ayer por unanimidad sancionar a un juez de la Audiencia de Cantabria con una multa de 600 euros por una falta grave. El magistrado había recomendado a un matrimonio separado acudir a la Iglesia católica para reconciliarse «en medio la fuerza de Jesucristo Resucitado», y aseguró también que el motivo de la ruptura de otra pareja era la «intervención del maligno».

La comisión disciplinaria, según ha informado el CGPJ, ha entendido que el magistrado Esteban Campelo Iglesias, destinado en la sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, ha utilizado en dos de sus sentencias expresiones que «son de todo punto innecesarias, improcedentes y extravagantes, así como manifiestamente irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico».

En una de las resoluciones, el magistrado aconseja a un matrimonio separado que acuda a la Iglesia católica para reconciliarse, y atribuye la ruptura de la pareja a la intervención del «maligno».

El «fruto prohibido»
En esta sentencia, que tiene como fecha el 29 de noviembre de 2005, el magistrado dedica dos folios a dar consejos al matrimonio separado, acompañados de citas del Génesis, y relaciona a la nueva pareja del hombre con el fruto prohibido que aparece en este libro bíblico.

La otra sentencia fue dictada por Campelo Iglesias el 16 de enero de 2006 para resolver una apelación. En ella, el magistrado confirma la absolución de un hombre al que su ex mujer acusó de amenazas y vejaciones por reclamar en un escrito que dejó en el buzón de la mujer su derecho a tener a los hijos de la pareja en las vacaciones de Navidad.

En este caso, el juez «invita a los contendientes, en beneficio propio y de sus hijos a que intenten la reconciliación, mediante el perdón mutuo, objetivo sólo alcanzable si ponen en medio la fuerza de Jesucristo Resucitado».

La decisión fue adoptada por unanimidad de los cinco miembros que componen la citada comisión, que argumentan su decisión en el apartado sexto del artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), donde está prevista la falta grave cometida por este magistrado.

La comisión disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces incoó un expediente disciplinario al juez el pasado 13 de septiembre a instancias del Servicio de Inspección, después de que, en marzo de 2006, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria remitiera al CGPJ las actuaciones que siguió ante las dos sentencias citadas de Campelo Iglesias.